Costa Rica: Decretos No. 27457-G-RE de 1998, Ley General de Migración y Extranjería: Regimen de Excepción para Centroamericanos ilegales en Costa Rica

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA Y DE SEGURIDAD PUBLICA,

En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3), 18) y 20) de la Constitución Política y en ejecución de las disposiciones contenidas en los artículos 42, 43, y concordantes de la Ley General de Migración y Extranjería

Considerando:

1°-  Que vivimos uno de los dramas humanos, sociales, ambientales y económicos más profundos de la historia centroamericana, como resultado de los devastadores efectos causados por el huracán Mitch.

2°-  Que atendiendo al Acuerdo de la Reunión de Presidentes, realizada en Comalapa, El Salvador, el 9 de noviembre de 1998, e inspirados en los principios de solidaridad humana, el Gobierno de Costa Rica estima oportuno conceder a los inmigrantes irregulares centroamericanos que residen actualmente en nuestro país, la oportunidad de normalizar su situación legal migratoria, con el fin de evitar su deportación y el consecuente agravamiento de la situación actual de la región. Por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1°-

Poner en vigencia por un lapso de seis meses un régimen de excepción destinado a facilitar la radicación de aquellos ciudadanos centroamericanos que actualmente residan en forma irregular en el país.

Artículo 2°-

Este régimen de excepción será aplicable a todo ciudadano centroamericano que actualmente resida en el país y que haya ingresado con anterioridad al día nueve de noviembre de 1998.

Artículo 3°-

El Ministerio de Gobernación y Policía, a través de la Dirección de Migración y Extranjería, establecerá por vía de reglamento los requisitos, lugares de recepción y aspectos operativos del Régimen.

Artículo 4°-

Rige a partir del primero de febrero de 1999.

Dado en la Presidencia de la República. - San José, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA. - Los Ministros de Gobernación y Policía y de Seguridad Pública, Juan Rafael Lizano Sáenz, y de Relaciones Exteriores y Culto, Roberto Rojas.-1 vez.—(Solicitud N° 18604).-C-3100.-(77130).

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